245.1 Movimientos de vivienda, autogestión y política habitacional en Brasil: Del acceso a la vivienda al derecho a la ciudad

Thursday, August 2, 2012: 10:45 AM
Faculty of Economics, TBA
Oral Presentation
Regina Fátima C. F. FERREIRA , Universidade Federal do Rio de Janeiro, Doutoranda em Planejamento Urbano e Regional, Rio de Janeiro, Brazil
La autogestión en la producción social de hábitat es resultado de un proceso histórico de organización social a partir de una demanda material concreta: la vivienda. La lucha que comienza por la vivienda digna, se amplía a la lucha por el acceso a la educación, a la salud, al ocio, a la ciudad, constituyéndose en una lucha emancipadora de la población como sujeto de derechos.

A la lucha por la redemocratización y elaboración de la Constitución Ciudadana de 1988, le siguió la lucha de los movimientos sociales urbanos por una política dirigida a la vivienda popular. Así, en la década de los 90, los movimientos de vivienda construyeron una propuesta de iniciativa de ley para la creación de un Fondo Nacional de Vivienda Popular.

Este artículo pretende discutir, en un primer momento, el papel de los movimientos de vivienda en la construcción de una política de vivienda de interés social. Argumentamos que, la demanda por recursos, programas y acciones que financiaran la producción de vivienda realizada de forma autogestionada por movimientos organizados, resultó no solo en la retomada de la actuación del Estado, en el ámbito nacional, en temas habitacionales, como también ha fomentado la construcción de un proyecto colectivo alternativo de sociedad, basado en los principios de igualdad y justicia social.

En un segundo momento, buscaremos identificar las experiencias autogestionadas en la producción social de vivienda que vienen siendo realizadas a través de programas federales. A partir de este mapa, pretendemos levantar algunas cuestiones que involucran el papel de la autogestión en la política habitacional y en la crítica a la producción de ciudades las cuales solamente reflejan el tratamiento de la vivienda y de los servicios urbanos como mercancías y no como bienes y servicios indispensables para el derecho humano a la vida y a la ciudad.